Ciudad de México.- La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) debe publicar los estudios realizados para determinar la viabilidad del aeropuerto de Santa Lucía, ordenó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Además, realizando todas las gestiones necesarias y demostrando otra búsqueda exhaustiva de información, debe dar a conocer, las características topográficas del terreno; impacto y remediación ambiental; soluciones para pistas áreas de rodaje y plataformas; estudios de viabilidad de trayectorias y conos de aproximación, aterrizaje y despegue.
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“Es indispensable que la sociedad conozca información técnica sobre la construcción de dicha obra, ya que con ello las autoridades brindan seguridad de lo que se está construyendo.
“Y que se cumple con la normatividad aplicable, que se cuenta con medidas de seguridad, por ejemplo, que el terreno es el adecuado para la construcción, brindando así certidumbre jurídica y confianza institucional”, afirmó la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena al presentar el asunto ante el Pleno.
Añadió que este asunto revela el interés de la ciudadanía en la agenda pública que impacta en el desarrollo político, económico y social del país y genera una mayor participación ciudadana, lo que propicia que las autoridades trasparenten y rindan cuentas de su actuar.
El INAI explicó que la Sedena respondió, a través de las Direcciones Generales de Ingenieros y Administración, que llevó a cabo una búsqueda exhaustiva de la información; sin embargo, no localizó en sus archivos información sobre los estudios de viabilidad del aeropuerto de Santa Lucía.
Inconforme con la respuesta, el particular que solicitó la información, interpuso un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que la información solicitada debe existir en los archivos del sujeto obligado, pues el Gobierno Federal, ha indicado que se construirá un Aeropuerto Comercial, en la actual Base de la Fuerza Aérea de Santa Lucia, mismo que será operado por la Sedena.
En caso de que la información solicitada no se encuentre en los archivos de la Sedena, se deberá informar dicha situación y fundamentar los motivos de la inexistencia.