San Luis Potosí, Slp.- El Pleno de la Sala Regional Monterrey revocó por unanimidad las sentencias del Tribunal Electoral de San Luis Potosí, en las cuales, dicha instancia se declaraba incompetente para conocer de los asuntos relacionados con la elección de integrantes de las mesas directivas de las Juntas Vecinales de Mejoras en dos colonias de ese estado.
Lo anterior, al determinar que la celebración de la asamblea para elegir a la mesa directiva de la Junta, por ser electa democráticamente por la ciudadanía, se consideraba como un organismo de participación ciudadana con funciones de autoridad auxiliar para el manejo y administración de los recursos públicos, por lo tanto, debe resolverse en el ámbito de la materia electoral.
Los recursos fueron interpuestos por Juan José Ávila Hernández y Ma. Jesús Martínez Rivera, recurrieron ante la instancia Regional para lograr que el Tribunal Local quienes recibieron la razón de los Magistrados Federales.
La resolución del Tribunal en San Luis Potosí, determina con un criterio de esta misma sala que, no es un acto de competencia de los magistrados, sin embargo ante los nuevos criterios se observa que debe deliberar sobre una elección de Juntas Vecinales si los actores lo requieren.
El Presidente Ernesto Camacho Ochoa reconoció que el proyecto progresista y con una visión avanzando del derecho.
Avanza decididamente para que los mecanismos de democracia directa, también tengan cabida en el ámbito electoral.
Durante esta misma sesión se aprobó multar a los regidores del ayuntamiento Cerro de San Pedro Ma. Rosaura Loredo Loredo, J. Refugio Gómez Martínez y otros.
La ponencia propone ratificar la sentencia aprobada; La multa fue contra derecho y no han cumplido en la totalidad se confirma el acuerdo impugnado.