Ciudad de México.- Por imprecisiones cometidas por el Poder Legislativo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una de las partes torales de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, relacionada con el establecimiento de parámetros para determinar las remuneraciones de los funcionarios y del Presidente de la República y que no fuera de forma discrecional, y ordenó al Congreso a legislar sobre el tema.
Así, por mayoría de votos y con el sorpresivo respaldo del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, el pleno decretó la invalidez de diversas porciones de los artículos 6 y 7 de la ley de salarios sobre la determinación y la presupuestación de las remuneraciones.
“Sería muy importante que le demos al Congreso el tiempo necesario para poder legislar, porque es una materia muy delicada y, además, es mucho lo que está en juego y lo que se ha ponderado; y un poco el malestar que existe en el aparato burocrático del Estado, es en el sentido de que no se dan las normas y las pautas exactas; y eso, generaría una gran tranquilidad en el sector burocrático de este país y, sobre todo, al Congreso le daríamos la oportunidad de hacerlo correctamente —desde mi punto de vista— completando, estudiando, oyendo la opinión pública y la opinión de las partes involucradas”, señaló.
Por otra parte, a propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán y por mayoría de votos, la Corte también logró invalidar los artículos 217 bis y ter del Código Penal Federal en los que se definen el delito de “remuneración ilícita”.
Ante esto, y por unanimidad, el máximo tribunal del país ordenó al Congreso de la Unión que legisle durante el próximo periodo de sesiones, que comenzará en septiembre, sobre las partes de los artículos 6 y 7 que fueron invalidadas.
Durante la sesión, siete ministros se pronunciaron por la invalidez total de la Ley de Remuneraciones, por considerar que incurre en diversas omisiones legislativas, sin embargo, al no haberse alcanzado la mayoría calificada de al menos ocho votos, el asunto se desestimó.
Además los ministros hicieron una interpretación en el sentido de que los créditos y préstamos a que alude el artículo 12 de la ley no podrán ser considerados como parte integrante de las remuneraciones de los servidores públicos.
La SCJN aún tiene pendientes por discutir las controversias constitucionales promovidas por organismos autónomos, como el Banco de México, el Instituto Nacional Electoral, el Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Comisión Federal de Competencia Económica, entre otros, contra la ley de salarios.
“Se resisten a perder privilegios”
El subsecretario de Gobernación, Zoé Robledo, aseguró que la invalidación de dos artículos de la ley de salarios es parte del nuevo proceso democrático que se vive en el país, en dónde las minorías pueden inconformarse. Sin embargo, señaló que quienes impugnaron esta ley se resisten a renunciar a los privilegios de los que gozaron durante mucho tiempo.
“Estamos viviendo un nuevo momento de una cultura recursal, es decir, que hay recursos para impugnar las leyes que a la minoría, o a un órgano autónomo, les parezcan inconstitucionales y nosotros somos respetuosísimos de las definiciones de la Corte”, precisó.
Entrevistado en la Cámara de Diputados, destacó que son episodios de la vida política a los que no estábamos muy acostumbrados, por lo que se están generando resistencias.
Por su parte, la presidenta de la Comisión de Gobernación y Población de la Cámara de Diputados, Rocío Barrera, aseguró que los legisladores llevaron a cabo un adecuado proceso legislativo para avalar la ley, no obstante, analizarán la resolución para solventarla.