Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la reforma que declara al litio propiedad exclusiva del Estado, cerrando cualquier posibilidad de concesión privada.
Por unanimidad, el pleno resolvió que la acción de inconstitucionalidad 78/2022, promovida por senadores de oposición, carece de sustento al no contravenir el orden constitucional vigente.
La ministra Sara Irene Herrerías Guerra sostuvo que los cuestionamientos sobre facultades del Congreso quedaron superados tras la reforma constitucional del 31 de octubre de 2024.
Dicha modificación incorporó al litio como área estratégica en los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución, prohibiendo expresamente su concesión a particulares en todo el territorio nacional.
Con esta resolución, la Corte validó disposiciones clave de la Ley Minera que reservan al Estado la exploración, explotación y aprovechamiento del litio, así como la creación de un organismo público especializado.
El fallo también respalda la clasificación de los yacimientos como zonas de reserva minera, estableciendo que su aplicación deberá sujetarse a criterios técnicos y a la intervención del Servicio Geológico Mexicano.
Respecto a la exigencia de consulta indígena, el tribunal determinó que no era obligatoria, al tratarse de una norma general que no impacta directamente a comunidades específicas.
La Corte dejó en claro que cualquier consulta será necesaria únicamente cuando se desarrollen proyectos concretos que incidan de manera directa en territorios de pueblos indígenas o afromexicanos





