Con 21 votos en favor y cinco en contra, las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos Primera aprobaron la nueva ley que crea la Clave Única Catastral, a fin de tener un registro electrónico nacional de todas las propiedades inmuebles y que, de acuerdo con el texto, no convalidará el despojo de inmuebles.
La presidenta de la Comisión de Gobernación, Lilia Margarita Valdez Martínez, aclaró que esta reforma de ley “pondrá en definitiva” orden a lo relativo al registro de propiedades, mejorará el funcionamiento de las instituciones involucradas en esos procedimientos y subsanará muchas deficiencias que se prestaban a actos de corrupción.
Según la senadora, contrario a lo han expresado algunos legisladores, los presidentes municipales del país han manifestado su acuerdo en las modificaciones al sistema catastral que aporta el ordenamiento, y recordó que, desde hace más de 90 años, no se han hecho cambios importantes a la legislación en materia de registro de propiedad.
El senador Néstor Camarillo Medina, de Movimiento Ciudadano, advirtió que, aunque este proyecto de decreto busca modernizar trámites, no se tomó en cuenta la opinión de los alcaldes del país, además de que se corre el riesgo de invadir la autonomía de los municipios y de concentrar la información sobre la propiedad de los ciudadanos.
El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, Manuel Huerta Ladrón de Guevara, indicó que permitirá identificar diferencias entre los registros y facilitar la corrección a posibles errores, conforme a los procedimientos legales correspondientes.
“La asignación de la Clave Única Catastral no constituirá, por sí misma, prueba plena de propiedad, posesión, superficie o colindancias, ni convalida actos nulos o irregulares, reconocimiento, constitución, transmisión, modificación o extinción de derechos de propiedad o posesión sobre un predio o una unidad inmobiliaria”, dice la nueva ley.
Añade que entre los principios de la ley está “garantizar la seguridad patrimonial sobre los derechos de propiedad de los inmuebles», así como su cumplimiento con las disposiciones de los planes o programas de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Ambiental, con respeto al federalismo y la autonomía municipal.
Ordena que la Plataforma de Registros Públicos de la Propiedad deberá interoperar con la Plataforma Catastral Municipal para vincular el Folio Real con la Clave Única Catastral de cada inmueble, a fin de generar la Cédula Única Catastral y Registral.
“Las Autoridades Catastrales y Registrales, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán intercambiar la información necesaria para garantizar la identificación, vinculación y actualización de los bienes inmuebles en sus respectivos sistemas, así como para detectar posibles inconsistencias entre la información catastral y registral, para su corrección, en términos de la normatividad aplicable.
“El intercambio de información se realizará mediante mecanismos interoperables, conforme a las disposiciones aplicables, garantizando la protección de datos personales, archivos, transparencia, integridad, seguridad y trazabilidad de la información”, dispone. © 2026 Imagen – Excélsior. Todos los derechos reservados. El contenido de este sitio y de la edición impresa está protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor. Prohibida la reproducción total o parcial sin autorización previa y por escrito. El material de terceros conserva sus propios derechos.





