Fecha: 28 / 10 / 2026
Hora: 10:48 PM

SCJN establece por primera vez límites al uso de pirotecnia para proteger la salud de niños con autismo

Por: Río19 / Redacción el 28/10/26
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Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), estableció este miércoles, por primera vez, límites al uso de pirotecnia durante festividades y celebraciones tradicionales, al resolver un caso en el que se protegió a una madre y su hija con autismo e hiperacusia, cuya salud se veía afectada por las detonaciones de cohetes en el municipio de Teocelo, Veracruz.

Por unanimidad, el pleno aprobó el proyecto de la ministra, Loretta Ortiz Ahlf, que determinó que los ayuntamientos deben evaluar, con base en las normas vigentes, los riesgos para la salud de niñas, niños y adolescentes con estas condiciones antes de autorizar el uso de pirotecnia en festividades tradicionales, y negar los permisos cuando dichos riesgos no puedan prevenirse.

“Lo que para algunas personas pudiera ser motivo de celebración a través del uso de la pirotecnia, para otras puede convertirse en una experiencia profundamente dolorosa”, dijo el ministro, Arístides Guerrero García, tras citar que la Secretaría de Salud registra que hay más de 3.8 millones de personas dentro del espectro autista en México.

El caso llegó a la Corte luego de que una madre promoviera un amparo contra el artículo 10 de la Ley contra el Ruido de Veracruz y el permiso municipal para utilizar pirotecnia entre las 06:00 y las 23:00 horas, debido a los daños que las detonaciones causaban a la salud de su hija.

El máximo tribunal negó el amparo contra la ley al considerar que es constitucional, pero dio la razón a la madre al establecer que los ayuntamientos deben evaluar, caso por caso, los riesgos para la salud de las personas con autismo antes de autorizar el uso de pirotecnia.

“El proyecto considera constitucional la norma, porque exige licencia municipal previa para utilizar la pirotecnia, limita su autorización a festividades o acontecimientos celebrados por costumbre, exige respetar los límites sonoros de la NOM-081-SEMARNAT-1994, restringe su horario y obliga al ayuntamiento a valorar en cada caso, incluidas las posibles afectaciones a las personas con condición de espectro autista”, explicó la ministra Loretta Ortiz.

La ministra, Yasmín Esquivel Mossa, señaló que las autoridades deben interpretar de manera integral el sistema normativo sobre pirotecnia, ya que este impone “el deber de valorar las posibles afectaciones a las personas con autismo antes de autorizar esa actividad, lo que permite garantizar la protección de los derechos que hace valer la quejosa”.

Por su parte, la ministra, María Estela Ríos González, sostuvo que la sentencia respeta las tradiciones culturales de barrios y comunidades. “Yo vivo en un barrio en que regularmente se hacen ese tipo de festividades a los santos patronos”, comentó, aunque subrayó la prioridad de proteger a la infancia con autismo y a otras personas con discapacidad.

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