Ciudad de México.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó sin efectos la suspensión que mantenía en funciones a Avelino Carmelo Toscano, quien seguía como magistrado pese a concluir su encargo en 2019.
Con la resolución, el juzgador deberá separarse del cargo mientras se analiza el fondo del amparo promovido, en un caso que podría impactar a cerca de 55 magistrados en condiciones similares.
El proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo fue avalado por mayoría, al establecer que no existe un derecho automático a la ratificación en magistraturas regionales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
La Corte determinó que permitir la permanencia tras el vencimiento del nombramiento afecta el interés público, al impedir la renovación institucional conforme a los procedimientos constitucionales establecidos para estos cargos.
Durante la discusión, se recordó que el magistrado fue designado en 2009 por un periodo de diez años, por lo que su encargo concluyó legalmente en enero de 2019.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa votó en contra de la decisión mayoritaria, al considerar que la estabilidad judicial es fundamental y que debía garantizarse una evaluación formal antes de su separación.
Argumentó que la experiencia acumulada y el desempeño del juzgador debían ser considerados en un proceso transparente, señalando que la falta de respuesta fundada por parte del Ejecutivo vulnera principios de certeza.
En contraste, la ministra Lenia Batres sostuvo que la designación y eventual ratificación de magistrados es una facultad discrecional del Ejecutivo con aval del Senado, sin obligación de renovación automática.
Advirtió que permitir la continuidad mediante amparos implica una invasión de competencias, al recordar que decenas de magistrados han recurrido a esta vía para extender sus funciones sin nuevo nombramiento.
El caso de Toscano refleja una práctica recurrente en el sistema judicial administrativo, donde diversos juzgadores han permanecido en sus cargos mediante medidas cautelares tras concluir su periodo legal.
El magistrado promovió recursos legales luego de que el Ejecutivo federal formalizara en 2024 la decisión de no ratificarlo, pese a que su continuidad había sido propuesta desde años anteriores.
Un juzgado le concedió en 2025 una suspensión provisional que le permitió seguir en funciones, al considerar que debía existir una evaluación previa antes de su eventual separación definitiva.
Sin embargo, la Corte concluyó ahora que dicha medida cautelar contraviene el orden constitucional, al prolongar un nombramiento ya vencido sin sustento jurídico suficiente.
La resolución marca un precedente en la revisión de estos casos, al delimitar el alcance de los amparos frente a decisiones del Ejecutivo en materia de designaciones judiciales.
Además, abre la puerta a una posible revisión general de magistrados que permanecen en funciones bajo esquemas similares, lo que podría reconfigurar la integración del tribunal administrativo.
El fallo no entra al fondo del litigio, pero sí fija criterios sobre la imposibilidad de extender cargos públicos sin un nuevo nombramiento conforme a la ley.
Con esta decisión, la Corte refuerza el principio de temporalidad en los cargos judiciales y la necesidad de respetar los procesos institucionales de renovación dentro del sistema de justicia administrativa.





